Panorámica internacional de las regulaciones del arteterapia
Palabras clave:
arteterapia, regulación, derecho comparadoResumen
El arteterapia es una disciplina en búsqueda de consolidar su reconocimiento social como campo profesional al servicio del cuidado de la salud mental y del fomento al desarrollo humano. Desde sus inicios a mediados del siglo XX, sus procesos de evolución, diversificación y expansión por el mundo han ido sucediéndose a ritmos distintos. En este texto, se presentará una mirada general sobre el estado del arte de dicha actividad laboral en el contexto internacional, principalmente con el interés específico de situar en contraste los aspectos más relevantes contenidos en los criterios formales para su ejercicio, que son planteados actualmente por algunos de los organismos de gran influencia en este tema. Es decir, se abordarán los destacados esfuerzos pioneros con los que se procura atender y dar una respuesta pertinente a la apremiante necesidad de regulación de la práctica arteterapéutica, los cuales, constituyen referentes fundamentales para la consecución del objetivo de lograr el asentamiento de la profesión.
Descargas
Citas
British Association of Art Therapists. (n.d.). British Association of Art Therapists. Retrieved from What is art therapy?: https://www.baat.org/About-Art-Therapy
Federación Española de Asociaciones Profesionales de Arteterapia . (2021). Federación
Española de Asociaciones Profesionales de Arteterapia . Retrieved from ¿QUÉ ENTENDEMOS POR ARTETERAPIA?: http://feapa.es/que-entendemos-por-arteterapia/
AATA. (2013). Ethical Principles for Art Therapists. Retrieved from https://arttherapy.org/wp-content/uploads/2017/06/Ethical- Principles-for-Art-Therapists.pdf
American Art Therapy Association. ( 2017, Junio). American Art Therapy Association. Retrieved from ABOUT ART THERAPY: https://www.arttherapy.org/upload/2017_DefinitionofProfession.pdf
BAAT. (2019). Code of Ethics and Principles of Professional Practice for Art Therapists. London, U.K. Retrieved from https://www.baat.org/Assets/Docs/BAAT%20CODE%20OF%20ETHICS%202019.pdf
Barbosa González, A., & Garzón Novoa, S. A. (2020, Julio-Diciembre). Revisión bibliográfica
en idioma español sobre el arteterapia como herramienta psicoterapéutica. Informes
Psicológicos, 20 (2), 55-65. Retrieved from http://dx.doi.org/10.18566/infpsic.v20n2a4
EFAT. (2020, October 17). Code of Ethics for Art Therapists. Retrieved from https://www.arttherapyfederation.eu/up-loads/1/1/9/6/119612735/efat_code_of_ethics_2020.pdf
European Federation of Art Therapy. (2018). European Federation of Art Therapy. Retrieved
from WHAT IS ART THERAPY?: https://www.arttherapyfederation.eu/art-therapy.html
FEAPA. (2011). Código Ético. Retrieved from http://feapa.es/codigo-etico/
Fundación ArtLabbé. (n.d.). Adrian Hill: el pionero del Arte Terapia. Retrieved Octubre 13,2021, from Fundación ArtLabbé: https://www.fundacionartlabbe.com/adrian-hill-elpionero-del-arte-terapia/
Ral, M. M. (2021, Mayo 16). Seminario Virtual de Arteterapia. Acompañamiento terapéutico
a través del Arte. Guadalajara, Jalisco, México: Proyecto Arte Terapia México.
Descargas
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia
Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial 4.0.
Los/as autores/as que envíen sus artículos para ser evaluados a REALIDADES, ceden los derechos de publicación a la revista, para difusión en formato digital y en versión impresa. Al formar parte de múltiples indexadores, bases de datos y sistemas de referencia, los artículos que sean publicados por REALIDADES se encontrarán visibles y serán descargados también de estos sitios web, indicando, en todos los casos, la autoría de los artículos, la fecha de publicación y el número de la revista al que corresponden. Todos los documentos publicados por REALIDADES pueden descargarse de la página web de la revista: http://realidades.uanl.mx/index.php/realidades/about/editorialPolicies#sectionPolicies y de las bases de datos donde se encuentra indexada.
La revista REALIDADES está sometida a las normas de LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR (Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 1996) de los Estados Unidos Mexicanos, y aplica en sus publicaciones la Licencia Creative Commons para México, que se observa en el siguiente link:
https://creativecommons.org/licenses/by-nc/2.5/mx/
Políticas de detección de plagio:
Realidades vela por el cumplimiento de todas las normas éticas en el proceso de publicación, apoyándose en las normas internacionales del Comité de Ética en Publicación (Committee on Publication Ethics-COPE) y en los servicios de Turnitin para detección de plagio.
En caso de sospecha de plagio, Realidades toma como guía, para la revisión correspondiente, la propuesta COPE detallada en: enlace:http://publicationethics.org/files/All_Flowcharts_Spanish_0.pdf
Algunas de las responsabilidades de los participantes son:
Editores (as): supervisarán los procesos de publicación, siguiendo los más altos estándares éticos. Velarán por que los artículos sean revisados por pares especialistas en el tema. Informar claramente sobre las Normas de Publicación.
Autores (as): presentarán resultados de procesos de análisis y/o investigación y/o intervención, rigurosos, transparentes y éticos, asumiendo la responsabilidad por el trabajo publicado. Deberán describir, en su caso, la metodología aplicada de manera tal que la comunidad académica pueda corroborar o replicar lo conducente. Se abstendrán de enviar el manuscrito simultáneamente a dos o más revistas. Divulgarán las fuentes de financiación y declararán si hay conflicto de intereses, en su caso.
Revisores (as): se comprometen a informar sobre posibles fraudes o plagios de las investigaciones evaluadas. Se abstendrán de utilizar la información presente en los manuscritos que revisen en tanto no sean publicados por Realidades. Evaluarán los artículos de forma rigurosa, objetiva y en el tiempo establecido. Fundamentarán sus observaciones y propondrán, cuando sea pertinente, aportes para mejorar la calidad del manuscrito.