Bioética, bioderecho e interrupción del embarazo
Palabras clave:
Bioderecho, Bioética, Biotecnología, Aborto, Embarazo, Biolaw, Bioethics, Biotechnology, Abortion, PregnancyResumen
Resumen
Este artículo revisa, desde la perspectiva del bioderecho, aunada a los paradigmas biotecnológicos, el tema de la interrupción del embarazo. Presenta
una panorámica de la cuestión en el caso de México y una visión desde las perspectivas de salud y del derecho a la vida de las personas; analiza los cambios recientes en materia de aborto a las leyes vigentes dentro de los estados de la república y en el Distrito Federal, mostrando posiciones tanto
liberales como conservadoras, y reflexiona sobre las principales implicaciones
bio-ético-jurídicas del asunto a la luz de nuestra Constitución Política. Concluye afirmando que la interrupción del embarazo debe estudiarse desde los avances científicos con óptica multidisciplinaria, incluyendo la bio-éticajurídica, ponderando los derechos de la gestante con los del que está por nacer; rechazando la criminalización de las mujeres que deciden abortar, y proponiendo prevenir los embarazos no deseados.
Abstract
This article reviews the issue of termination of pregnancy from biolaw and biotechnology paradigms. Presents an overview of the issue in the case of Mexico and insight from the perspectives of health and right to life of the people; discusses recent changes on abortion to existing laws within the Mexican states
and the Distrito Federal, showing both liberal and conservative positions, and considers the main bioethical and legal implications of the matter within the Mexican Constitution. Concludes that termination of pregnancy should be considered based on scientific and multidisciplinary manner, including bio-ethical-legal, taking into account the rights of the mother and the rights of the unborn person; rejecting the criminalization of women who decide to abort, and proposing prevent unwanted pregnancies.
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Citas
Balkin, Jack M., 2005, What Roe V. Wade Should Have Said: The Nation´S Top Legal Experts Rewrite America’s Most Controversial Decision, New York University Press.
Carbonell, Miguel, 2003, “Epílogo, Un derecho para todos”, en Tamar Pitch, Un derecho para dos. La construcción jurídica de género, sexo y sexualidad, Madrid, Trotta.
Denninger, Erhard, 1993, “Interruzione di gravidanza e eutanasia precoce: osservazioni éti-co-giuridiche”, en Stefano Rodotà (comp.), Questini di bioética, Roma-Bari, Laterza, pp. 342-360.
Durand, Guy, 2007, “Naturaleza de la Bioética”, Revista Selecciones de Bioética. núm. 12, pp. 7-15.
Flores Trejo, Fernando, 2004, Bioderecho, México, Porrúa.
Mendoza C., Héctor A. y Sonia López García, 2009, El derecho a decidir desde las libertades constitucionales. Voluntad procreacional, una propuesta, Gobierno del Estado de
Nuevo León, Instituto Estatal de las Mujeres, Monterrey, México.
Disponible en: http://www.nl.gob.mx/pics/pages/iem_publicaciones_base/derecho_decidir.pdf
Narváez Hernández, José Ramón, 2005, La persona en el derecho civil, México, Porrúa.
Recasens Siches, Luis, 1990, Introducción al Derecho, México, Porrúa.
Rivero Weber, Paulina y Ruy Pérez Tamayo, 2008, “Ética y Bioética”, en La construcción de la Bioética, México, Fondo de Cultura Económica.
Sadler, Thomas W., 2004, Embriología Médica con orientación clínica, México, Médica Panamericana.
Secretaria de Salud, Bases científicas de la anti-concepción de emergencia.
Tapia, Ricardo, La formación de la persona durante el desarrollo uterino, desde el punto de vista de la neurobiología, Colegio de
Bioética, AC. Disponible en: www.colbio.org.mx/publicaciones/RTapiaAborto-neurobiolog_355apersona.pdf (Consultado el 9 de junio de 2010)
Vargas-Parada, Laura, Ana Flisser y Simón Kawa,
, “Consentimiento informado”, en La construcción de la Bioética, México, Fondo de Cultura Económica.
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